Ya han pasado 55 años desde el reconocimiento de los derechos de los ciudadanos como consumidores y usuarios y, 34 años desde el primer 15 de Marzo declarado como Día Internacional de los derechos del Consumidor y Usuario.
A nivel internacional, el próximo 15 de marzo, continúa dirigido a un mayor control de los medios digitales. Ya en el número 46 de la revista Navalconsumo realizamos un monográfico del comercio electrónico donde explicábamos los pasos a seguir, de forma segura, antes de realizar una compra de forma digital así como, los derechos que nos asistían como consumidores digitales.
En el presente año, a nivel de nuestro país, el 15 de marzo está dedicado a recordar los derechos que nos asisten como consumidores y usuarios pero también, nuestros deberes ya que con la prevención y nuestra actuación previa, podremos asegurar que nuestros derechos han sido respetados y en su defecto, presentar las oportunas reclamaciones para ejercitarlos.
La legislación vigente reconoce a los consumidores y usuario derechos básicos irrenunciables siendo las administraciones pública, las encargadas de su protección.
1.-Protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad.
Todos los bienes o servicios puestos en el mercado deber ser seguros considerando como tal, cuando no presente ningún riesgo o este sea mínimo en condiciones normales de uso.
Los riesgos que se puedan derivar del uso razonable y previsible del producto o servicio, debe ser informado al consumidor a través de las adecuadas instrucciones o indicaciones para su correcto uso o consumo.
Los productos químicos y todo artículo que lleve en su composición sustancias clasificadas como peligrosas deben ir envasador con las debidas garantías de seguridad y llevar, en lugar visible, las oportunas indicaciones que adviertan del riesgo de su manipulación.
Nosotros, como consumidores, tenemos la responsabilidad de leer las etiquetas de los productos. Esto nos proporciona información sobre el producto y nos facilita su elección para poder adquirirlo de acuerdo a nuestras necesidades o a las de las personas a quien va dirigido.
2.-Información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y la educación y divulgación para facilitar el conocimiento sobre su uso adecuado, consumo o disfrute.
Los consumidores tienen derecho a recibir una información correcta, certera, eficaz, comprensible y suficiente de todos los productos, bienes o servicios puestos a su disposición y al menos en castellano.
Igualmente los poderes públicos deben fomentar la formación y educación de los consumidores con el objeto de que éstos sean capaces de elegir entre los diferentes bienes y servicios siendo conscientes de sus derechos y responsabilidades. Esto se realiza a través de las diferentes campañas informativas.
Como consumidores responsables debemos leer los contratos e informarnos de los mismos antes de la firma y exigir una copia. A la hora de adquirir productos por internet debemos tomar la precaución de ver las condiciones generales de la compra, que son recogidas en la propia web y guardarlas o imprimirlas.
3.-La protección de nuestros legítimos intereses económicos y sociales; en particular frente a las prácticas comerciales desleales y la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos.
Todos los consumidores tienen derecho a que se respeten sus legítimos interés recogidos en las diferentes normas que los protegen o defiende y en cualquiera de las fases de adquisición de un producto.
Antes de la compra el consumidor tiene derecho a una información clara del servicio, a una publicidad lícita y a que se cumplan todos los procesos de fabricación de un bien seguro. Además, el consumidor tiene derecho a recibir un presupuesto previo, al establecimiento de contratos claros y sin cláusulas abusivas que perjudiquen a sus derechos.
Toda la información recogida en la publicidad es vinculante a la compra, guárdela. Solicite presupuestos previos o realice comparaciones de productos o servicios, antes de adquirirlos.
En el momento de la compra el consumidor o usuario tiene derecho a recibir información sobre el precio final de compra, una copia del contrato y una factura de compra. Se debe informar claramente sobre las condiciones de cambio, devolución y en especial, el derecho de desistimiento si este es procedente.
Si se realiza una compra por internet o fuera de establecimiento comercial, se dispone de un plazo de 14 días naturales desde la recepción del producto o la prestación del servicio para ejercer el derecho de desistimiento. Este derecho también es aplicable a los créditos al consumo.
La factura de compra además de ser necesaria para cualquier reclamación, representa nuestra garantía legal de dos años, ¡exígela!
4.-Derecho de representación, consulta y participación
El consumidor tiene derecho a que sus intereses sean defendidos y representados a través de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios.
5.- La protección jurídica, administrativa y técnica y la indemnización o reparación de daños y perjuicios sufridos
Las administraciones públicas están obligadas a disponer de servicios de ayuda al consumidor para su orientación y defensa, para ello, dispone de las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) y Departamentos de control e inspección de productos y servicios.
Hay que tener en cuenta que, la Administración no puede obligar a la empresa o al profesional que haya cometido una infracción a reparar los daños causados a un consumidor o conjunto de consumidores. Si este quiere exigir una indemnización por daños y perjuicios sufridos, debe acudir a los tribunales de justicia o, a la vía arbitral si la empresa lo acepta.
Si en cualquier proceso de la compra, ve que se están vulnerando sus derechos, ¡reclame!